Arenas pide modificar las limitaciones del nuevo reglamento de la Junta para construir viviendas en el suelo rústico

El Ayuntamiento considera que no se ajustan al contenido de la ley, ya que establecen una parcela mínima de 2,5 hectáreas, un requisito que sólo cumple el 2,6% del término municipal.

Al Ayuntamiento de Arenas no terminan de convencerle los requisitos fijados por el reglamento elaborado por la Junta de Andalucía para tratar de poner orden, por primera vez, en el laberinto del urbanismo en el suelo rústico de la comunidad. Después de que la anterior legislación, la LOUA, de 2003, sólo consiguiera frenar parcialmente las construcciones de viviendas en el campo, que vivieron un auténtico boom entre los años noventa y la primera década de este siglo, el gobierno regional bipartito, de PP y Cs, anunció que la nueva normativa autonómica, la LISTA, y el primer reglamento sobre esta materia en la historia regional, iban a ser «muy beneficiosos» para comarcas como la Axarquía, una de las más afectadas por esta problemática. Según publica Diario Sur.



No en vano, se estima que la mitad de las alrededor de 50.000 viviendas irregulares que hay construidas ya en la provincia están en la zona oriental, para un total de 300.000 en Andalucía. Pues bien, los requisitos fijados, de una parcela mínima de 2,5 hectáreas y una distancia de 200 metros con respecto a otras edificaciones, entre otros, han sentado como un auténtico «jarro de agua fría» para los gobernantes locales de Arenas. El alcalde, Manuel Ríos (PP), ha registrado unas alegaciones al texto en las que advierte de que tan sólo el 2,6% de las parcelas del término municipal cumplen con ese requisito de superficie mínima para autorizar nuevas construcciones en el campo.

«Mientras que para el municipio de Écija, en la provincia de Sevilla, se observa que las parcelas de suelo rústico con una extensión superficial superior a 2,5 hectáreas suponen un 54,77% de la totalidad», advierte el regidor en el escrito, al que ha tenido acceso SUR. Además, en el documento se señala que, tras analizar la situación de otros municipios vecinos, como Sedella, Salares, Canillas de Albaida o Algarrobo, la situación se repite, pues apenas representan el 2,38% de la totalidad de las parcelas de suelo rústico las de más de 25.000 metros cuadrados de superficie.

Para el alcalde arenusco, estos requisitos fijados en el reglamento «no se ajustan a lo establecido por la ley por cuanto no se ha considerado las características de cada uno de los municipios de manera pormenorizada y su estructura parcelaria», asegura Ríos en sus alegaciones, en las que pide modificar «las determinaciones referentes a la parcela mínima, a la forma de las parcelas, de la superficie ocupada por la edificación, a la separación mínima a los linderos de la parcela y a la distancia igual o superior a 200 metros respecto de cualquier otra edificación con destino residencial, ya que se consideran que son cuestiones a determinar en base a las características particulares de cada uno de los municipios, debiendo requerir su estudio pormenorizado», sostiene el alcalde.

En un segundo apartado de sus alegaciones, el Ayuntamiento solicita que «las determinaciones referentes a evitar la formación de nuevos asentamientos no incluyan a las edificaciones o construcción incluso las vinculadas a explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales, cinegéticos, minero y cualquier otro vinculado a la utilización racional de los recursos naturales, al no poder conllevar estos usos la demanda de infraestructuras o servicios colectivos impropios de la naturaleza del suelo rústico».

Por su parte, cabe recordar que los dueños de viviendas irregulares en el campo de la Axarquía ya anunciaron, nada más publicarse el nuevo reglamento, que se sentían «desamparados» con el texto. Así, la asociación SOHA, que agrupa a propietarios de casas construidas con licencias municipales, posteriormente anuladas por la Junta y/o los tribunales, se quejan de que les dan el mismo trato que a las ilegales. Sin embargo, la Junta defiende que el reglamento «soluciona las casas rurales con licencias municipales anuladas». En concreto, la Consejería de Fomento sostiene que la norma «evita que aquellos que actúan de forma clandestina estén en mejor situación que aquellos que actúan amparados en permisos».

 




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