Condenan en Málaga a un cirujano estético a pagar 18.500 euros a una paciente por las secuelas tras una operación de mamas

Este mismo cirujano ya fue condenado anteriormente a dos años de prisión y tres de inhabilitación médica por homicidio imprudente.

El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Málaga ha condenado a un cirujano estético al pago de 18.541 euros por las secuelas estéticas causadas a una paciente por negligencia médica al realizarle una operación de cirugía de aumento de pechos. Esta sentencia acoge los argumentos de la demanda presentada por el letrado Damián Vázquez, perteneciente a los servicios jurídicos de la Asociación del Paciente, concluyendo que ha quedado acreditado que «el resultado ofrecido no fue obtenido» y que no se utilizó la técnica correcta, según informa Málaga Hoy.



En abril de 2014 la mujer acude a la consulta del cirujano estético, siendo deseo de la paciente evitar la caída de las mamas, con relleno polo superior. En mayo de ese año se le realizó la intervención quirúrgica con aumento mamario bilateral.

Pero, tras la operación la demandante comenzó a percibir asimetría mamaria, así como que su pecho estaba caído y «con el pezón mirando hacia abajo». Tanto el letrado como la presidenta del colectivo, Carmen Flores, han alertado del «aumento de negligencias médicas en casos de cirugía estética», recomendando que «siempre se acuda a clínicas y cirujanos especializados, y que cuenten con los suficientes medios en casos de complicaciones, para evitar secuelas graves o incluso muertes de las pacientes».

Desde la asociación han indicado que este mismo cirujano fue condenado anteriormente en vía penal por la Audiencia de Málaga a penas de dos años de prisión y tres años de inhabilitación medica profesional por delitos de homicidio imprudente con fallecimiento de otra paciente tras intervención de cirugía estética realizada por él.

En el caso de la reclamación actual, se basaba en que la actuación del doctor «amén de no ajustarse a la buena praxis –en cuanto a la intervención a realizar, que no era la más adecuada– no consiguió el resultado deseado» y se señalaba que «debería haberse realizado una maxtopexia asociada».

Para el juzgado, ha quedado acreditada «la desfiguración física alegada por la demandante», indica la sentencia, afirmando que «a consecuencia de la intervención quirúrgica le ha quedado un mama caída o ptósica grado II, con el polo superior relleno por la prótesis implantada, no obteniéndose el resultado que debía derivar».

«Nos encontramos ante una operación de naturaleza estética en que el buen resultado de la misma es fundamental, por lo que la operación incluía no sólo el aumento sino también la corrección del defecto presentado (caída de mamas); no acreditándose que informara expresamente a la demandante que las mamas iban a quedar en el estado en que quedaron», incide la sentencia.




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