GENA-Ecologistas en Acción denuncia irregularidades en la licencia de la planta de escombros de Nerja

La organización pide trasladar esta planta a otro lugar alejado de urbanizaciones y que se duplique la anchura de la carretera de acceso para reducir el riesgo de accidentes en la zona.

El Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía (GENA-Ecologistas en Acción) ha presentado ante la Delegación Provincial de Urbanismo y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, un escrito en el que se detalla diversas irregularidades en la concesión de la licencia de apertura de una Planta de Transferencia de escombros de la empresa Narixa Recicla SL, que ha provocado molestias a las urbanizaciones situadas a menos de 10 metros.



El problema, según ha informado a través de una nota de prensa, se origina por una inadecuada compatibilización de actividades industriales en áreas residenciales, como las de “Pueblo Rocío”, que se corresponden con la UE-10 “Residencial y turístico” del vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Nerja,  formado por numerosos chalés adosados, que corresponden a los suelos urbanos no consolidados, separados por una estrecha carretera de 6 metros de anchura de otra gran parcela industrial llamada “Castillo Alto”, en cuyo borde se ha instalado una parcela, a solo 6-10 metros al sur de estas urbanizaciones, con una superficie de unos 1639 m2 por la empresa Nerja Recicla S.L., dedicada a la recogida de restos de podas, maderas y escombros. Según fuentes municipales, se trata de una “planta de transferencia”, pues estos residuos no se quedan en la planta, sino que se transfieren a otros vertederos autorizados.

GENA-Ecologistas en Acción ha afirmado que esta planta se habilitó mediante Licencia Urbanística de Ocupación y Utilización LPO-31/2018, mediante Decreto de Alcaldía nº 1463/2019, con tan sólo los informes técnicos favorables del propio Ayuntamiento de Nerja, sorteando la legislación de protección ambiental aplicable a este tipo de instalaciones, como es la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) respecto a la contaminación atmosférica, especialmente en cuanto a ruidos, polvareda y posibles contaminantes peligrosos mezclados con unos residuos que no se clasifican en esta planta. Por las mismas razones, según la organización ecologista, “se ha permitido a esta planta soslayar la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados, y el Decreto 73/2012 del Reglamento de Residuos de Andalucía, eludiendo así la justificación de esta planta y su inocuidad respecto a la salud pública y la protección de la calidad ambiental, especialmente la atmosférica, para lo que, según el artículo 29.2 del mencionado Decreto, es obligatorio un procedimiento de autorización, dirigidos al órgano competente (Junta de Andalucía)”. Del mismo modo, afirman que se ha ignorado la obligada tramitación prevista en la Ley 16/2011 de Salud Pública de Andalucía, sobre el impacto de la actividad de esta planta sobre la salud de las personas (artículo 56-c), también prevista en el artículo 16.1 de la GICA.

La organización ha explicado en la nota de prensa lo molesto que resulta esta situación a los vecinos: “Más de la mitad de los habitantes de esta urbanización se encuentran a menos de 200 metros de distancia de la mencionada planta. Es público y notorio, y así queda constancia en numerosos escritos de la población afectada dirigidos al Ayuntamiento de Nerja, que la actividad que se desarrolla en esta planta ha estado creando malestar en la población residente que vive a poca distancia, quejándose de la polvareda que se levanta y del ruido de la maquinaria pesada que se utiliza para mover los escombros, no existiendo garantías de que en esa polvareda no existan sustancias tóxicas o nocivas para la salud humana”.

La normativa del PGOU vigente de Nerja, dentro del capítulo de “Regulación del uso industrial”, en el artículo 4.3.2.3, detalla las características que debe reunir lo que se califica como “Industrias compatibles con la zonificación residencial”, que, según supone la organización, es la indicada para la planta de “Nerja Recicla”. El PGOU solo incluye en este capítulo los garajes privados y públicos y los talleres de reparación, los almacenes, la maquinaria, “siempre dentro de los niveles de molestias de esta categoría”

GENA-Ecologistas en Acción ha denunciado estas irregularidades en la tramitación de la licencia de esta planta, al tiempo que plantea la necesidad de trasladar esta planta a otro lugar alejado de urbanizaciones y que se duplique la anchura de la carretera de acceso a las urbanizaciones (antigua vía pecuaria, hoy desafectada), para reducir el riesgo de siniestralidad de vehículos en esta zona.




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