IU de Torrox pide que se proceda a la revisión del IBI para personas con dificultades económicas

La formación solicita en su propuesta que sean beneficiarias las familias que no superen en 1,5 veces el Indicador IPREM.

La formación de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Torrox ha pedido la revisión del IBI para aquellas familias que no superen en 1,5 veces el indicdor IPREM.

La formación argumenta en la exposición de motivos de su propuesta que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles en los términos establecidos en el RD Legislativo 2/2004, 5 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.



Al respecto, la concejala de IU, María José Prados ha destacado que sobre el valor catastral de dichos bienes inmuebles, fijado por la Dirección General del Catastro de la Hacienda Pública, el Ayuntamiento aplica un tipo o coeficiente que varía entre el 0,4 y el 1,3% para los inmuebles urbanos.

En el caso del Ayuntamiento de Torrox, y según queda establecido en la ordenanza municipal reguladora del impuesto, dicho tipo de gravamen se fija en un 0,7% para inmuebles tanto de naturaleza urbana como rústica.

Para garantizar la adecuada concordancia de la descripción catastral de los bienes inmuebles con la realidad, el Catastro Inmobiliario realiza periódicamente actualizaciones de sus bases de datos recogiendo las variaciones que se hayan producido cada cierto tiempo. 

De esta manera el IBI es un impuesto sujeto a revalorizaciones periódicas. Por un lado, del valor catastral de los inmuebles (competencia que recae en la Dirección General del Catastro de la Admón. Central del Estado). Y de otro lado, de las alteraciones que decidan los ayuntamientos respecto de la presión fiscal vinculada al tipo de gravamen que apliquen en sus territorios.

La burbuja inmobiliaria acontecida en nuestro país en la pasada década, que desde algunos sectores políticos y económicos se enarboló como motivo de orgullo nacional, acabó generando efectos devastadores para nuestra economía cuando pinchó coincidiendo además con la crisis financiera mundial con epicentro en las “hipotecas basura” norteamericanas.

No es pretensión de esta moción analizar en profundidad esta polémica temática, si bien es ineludible traerla a colación por su relación directa con el asunto que se trata: el IBI.

El crecimiento desaforado del parque nacional de viviendas (que llegó a superar en 2006 la suma de las iniciadas en Alemania, Francia, Italia y Reino Unido juntos) tuvo una repercusión inmediata en el crecimiento exponencial del volumen recaudatorio de nuestros ayuntamientos, entre otros motivos por la vía del IBI.

No se puede decir lo mismo para el bolsillo de los consumidores que tuvieron que afrontar precios abusivos producto de la especulación inmobiliaria (La revalorización de la vivienda en España entre 1997 y 2007 fue del 191% según The Economist. La 2ª mayor de la OCDE). En 2007 el precio de la vivienda alcanzaba 9,1 veces la renta bruta de los hogares obligándoles a destinar más de un 56% de sus ingresos anuales para el pago de las hipotecas.

Una odisea para la gran mayoría de las familias trabajadoras españolas, que tuvieron que afrontar un sobre endeudamiento brutal con los exiguos recursos que representaban los sueldos mileuristas en una inmensa mayoría de casos. (Hoy día, paradójicamente, considerados sueldos de fortuna).

El ecosistema configurado a base de crédito fácil, unas expectativas de crecimiento económico sostenido tan cacareadas desde organismos oficiales nacionales e internacionales, la casi inexistente apuesta por políticas de fomento del alquiler de viviendas, la inversión brutal en los índices de construcción de viviendas libres frente a las protegidas (en 2006 de las 760.000 unidades construidas sólo el 13% eran protegidas) y la apuesta por el monocultivo económico de nuestro sistema productivo basado mayoritariamente en el ladrillo alcanzó su colapso entre 2007 y 2008.

A partir de ahí se abre un duro periodo de recesión económica con trágicas consecuencias de todos conocidas: los índices de paro más elevados de Europa, el incremento de las ejecuciones hipotecarias y desahucios de familias, el éxodo migratorio en busca de oportunidades fuera, el aumento confirmado por informes contrastados de los índices de pobreza y exclusión social en España, el sobre endeudamiento de las cuentas públicas como consecuencia de haber rescatado a un sector financiero agonizante y, consecuencia de lo último, la implantación de políticas de austeridad en el gasto público para pagar el “banquete” cuya factura más escandalosa UNA VEZ MÁS recae sobre las clases populares.

En los últimos años el ajuste de las rentas del trabajo ha empobrecido a la mayoría de los hogares españoles. Las dificultades para llegar a final de mes de muchas familias contrastan con las noticias económicas de la recuperación de los beneficios de las grandes empresas (si es que alguna vez los perdieron) y con el ensanchamiento de la brecha salarial entre los sueldos de altos ejecutivos y las rentas de los trabajadores que escalan hasta un 104% en 2015.

Se quiere concluir con la descripción de este escenario que toda medida, encaminada a atenuar los efectos negativos de la crisis económica sobre los segmentos sociales más desfavorecidos, es bienvenida hasta que nuestra economía sea capaz de encauzar y consolidar “la timidísima” recuperación económica que aparentemente se vislumbra a nivel macroeconómico pero que no se proyecta a pie de calle.

EL Grupo Municipal de IU de Torrox considera que el Ayuntamiento puede contribuir a este respecto aliviando temporalmente la presión fiscal de sus vecinos, en situaciones objetivas de mayor necesidad, reajustando los parámetros del IBI que son de su competencia.  

Cierto es que la propia Ordenanza en su Sección Segunda (art. 10 a 12) contempla determinados supuestos de bonificación del impuesto. Pero entendemos que se puede hacer un esfuerzo más siguiendo el ejemplo de algunos ayuntamientos españoles sensibles a esta problemática (como ejemplo cercano sirva citar el del Ayto. de Rincón de la Victoria cuyo pleno aprobó en junio pasado una partida presupuestaria para recocer ayudas de hasta un 50% del recibo del IBI cuyos beneficiarios serán personas con ingresos familiares que no superen en 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

El desplome del sector inmobiliario y de la construcción en España habría supuesto un lógico y brutal varapalo para las arcas municipales de no haber sido por las reformas legislativas ejecutadas por el gobierno de Mariano Rajoy entre 2012/2013 y que han propiciado la subida del recibo del IBI para muchos ciudadanos. 

Esto es un hecho constatable en el caso de Torrox como se aprecia en las tablas estadísticas extraídas de la WEB del Catastro Inmobiliario actualizadas a fecha del año pasado. (Ver anexos).

En plena crisis económica la presión fiscal de este impuesto lejos de minorarse ha aumentado progresivamente tanto en el IBI de naturaleza urbana como rustica. Los torroxeños y torroxeñas pagamos más IBI a pesar de que muchos ciudadanos han perdido poder adquisitivo.

Asumimos como necesaria e ineludible la labor administrativa fiscalizadora tendente a revalorizar el impuesto de acuerdo a las nuevas circunstancias que la realidad vaya deparando. Pero al mismo tiempo defendemos que no se puede brindar el mismo trato fiscal a todos los hogares ya que la desigualdad económica entre los mismos debe tener su reflejo en la presión de este impuesto real, siempre que nos refiramos a la vivienda habitual como elemento vital básico amparado como un derecho fundamental en la Constitución Española.

Es en virtud de todo lo expuesto, que este Grupo Municipal presenta esta moción al pleno del Ayuntamiento para aprobar los siguientes

ACUERDOS

1) Aprobar un plan de ayudas, con un importe destinado en los presupuestos, para el pago del IBI para personas en situación de necesidad como medida de protección social en favor de los hogares torroxeños que de acuerdo a los criterios objetivos que se establezcan así lo acrediten.

2) Que la ayuda recaiga exclusivamente sobre el recibo del IBI de la vivienda habitual de la persona o unidad familiar con empadronamiento en el municipio.

3) Que el umbral de rentas para determinar esa situación de necesidad se fije en que los ingresos familiares no superen en 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

4) Que se emitan los informes correspondientes por parte de intervención y secretaría general.



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