Declarado nulo un pleno de Vélez-Málaga por no incluir en el orden del día una moción del PP

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo deja nula la sesión ordinaria del Pleno celebrado el pasado 26 de septiembre de 2016

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Málaga a dictado sentencia de fecha 22 de mayo de 2017, en el procedimiento nº 162/17, estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Vice portavoz del grupo municipal del Partido Popular de Vélez Málaga, frente al Acuerdo de Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Vélez Málaga de 21 de septiembre de 2016, por el que se procedía a convocar sesión ordinaria del Pleno para el día 26 de septiembre de 2016, anulando la misma, dejándola íntegramente sin efecto, al haber sido adoptada vulnerando el derecho fundamental del recurrente reconocido en el artículo 23 de la Constitución Española. Condenando a las costas del procedimiento al ayuntamiento de Vélez Málaga.
El día 5 de octubre de 2016 ante el Decanato de los Juzgados de Málaga se registró, por el PP de Vélez, escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo para la protección de derechos fundamentales de la persona frente al Acuerdo de Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Vélez Málaga de 21 de septiembre de 2016 por el que se procedía a convocar sesión ordinaria del Pleno, invocando la vulneración del artículo 23 de la Constitución Española.
Se alegaba, que la decisión de Moreno Ferrer, conculca el derecho de participación política del recurrente, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Española, toda vez que la Alcaldía, excluyó del orden del día del Pleno una moción presentada por el grupo municipal PP que versaba sobre un posible incumplimiento por parte del equipo de gobierno municipal del “Acuerdo sobre un código de conducta política en relación con el transfuguismo en las Corporaciones Locales” en lo que respectaba al Concejal D. José Antonio Moreno Ocón, expulsado de la formación Ciudadanos por conducir ebrio. La cuestión judicial se circunscribía, si el alcalde, ante las circunstancias sobrevenidas por la expulsión del concejal autorizan o no a la alcaldía a excluir del orden del día el debate y votación moción presentada. La decisión adoptada por el alcalde Moreno Ferrer de no incluir la moción, incluso dictaminada por la Comisión Informativa de Recursos, se fundamentaba “en la renuncia efectuada en su día al respecto de las delegaciones de Educación y Comercio otorgadas al concejal tránsfuga, Moreno Ocón, y que por tanto, la moción presentada por el grupo municipal Partido Popular carece de fundamento y sentido alguno para su tratamiento en la sesión plenaria” manifiesta Delgado Bonilla, como así se indica en el texto de la Sentencia.
El portavoz del grupo municipal del Partido Popular expresa que el Magistrado ha dejado claro que la decisión de Moreno Ferrer “no resulta razonable, válida ni atendible, habiéndose limitado de forma injustificada el derecho fundamental de participación política del recurrente. La alcaldía no puede unilateralmente erigirse en órgano que determine lo que puede y no puede ser debatido por el Pleno, o las cuestiones que, siempre según particular su criterio, tienen o no “fundamento y sentido” (pues, de ser así, podría impedir sistemáticamente el debate acerca de las cuestiones que le resultaren incómodas o, sencillamente, no fuesen de su agrado). La potestad de configuración del orden del día debe ser ejercitada con la debida mesura y ponderación”
Señala Delgado Bonilla “con esta sentencia y no será la última, se constata lo que venimos denunciando desde el inicio de este mandato, la vulneración reiterada y constante de nuestros derechos fundamentales como oposición, consecuencia del “déficit democrático” de Moreno Ferrer, y de sus socios de gobierno Marcelino Méndez y Jesús Atencia”. Y asevera Delgado “quieren impedir a cualquier precio que ejerzamos nuestra labor de control y fiscalización de la acción de gobierno. Y en este caso concreto, el cumplimiento del acuerdo en relación con el transfuguismo en las Corporaciones Locales, que firmó su propio partido y su aplicación al Concejal expulsado Ciudadanos por conducir ebrio y que no tuvo la decencia política de dimitir y entregar el acta a Ciudadanos”
Y continua diciendo el portavoz Popular, “hemos sido el hazmerreír de España cuando lo nombró, después de lo ocurrido, concejal de Educación, fue todo un sarcasmo, una burla a los ciudadanos del municipio. A Moreno Ferrer, lo único que le importa es el sillón, la poltrona y cuidar, a toda costa, de sus intereses personales sin importarle el buen nombre de Vélez Málaga y ello, con la complicidad de Méndez y Atencia.



Torrox

El lugar donde sentirlo todo

Plaza de la Constitución, 1 * 29770 Teléfono: 95 253 82 00

Periana

Ven a Periana y descúbrela

plaza de Andalucía, 1, C.P:29710 * Teléfono: 952536016