Alcolock, el alcoholímetro antiarranque que la DGT obligará a llevar a los autobuses matriculados a partir de julio

La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial introduce el alcoholímetro antiarranque (Alcoholock) obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022.

La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados, introduce el alcoholímetro antiarranque (Alcoholock) obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022. La medida es una de las demandas más reclamadas por el sector desde hace años. Según establece la Ley, estos vehículos están obligados a llevar instalado un interface para la instalación de estos dispositivos, según ha informado la Dirección General de Tráfico (DGT).



El objetivo de las modificaciones introducidas ha sido actualizar varios preceptos de la Ley relativa al Permiso por Puntos, una herramienta que se ha demostrado válida para reducir la siniestralidad en la carretera, pero que era necesario actualizar para mejorar la eficacia del sistema, adaptarla a los tiempos y reforzar la seguridad vial.

Además, se han modificado otros artículos de la Ley a propuesta, la mayoría de ellos, de los grupos parlamentarios que, con sus aportaciones han ayudado a hacer una Ley más abierta y orientada a la nueva movilidad presente y futura.

Entre las principales novedades introducidas se encuentran también los siguientes aspectos:

Distracciones

Aumenta de tres a seis los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.

Desde 2016, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales (31%), en 2020 se incrementó 3 puntos por encima del año anterior. La proliferación de las redes sociales, la dependencia del móvil y la inmediatez son elementos nocivos durante la conducción, por tanto se incrementan los puntos a detraer, manteniéndose en 200 euros la sanción económica.

Cinturón de seguridad y elementos de protección

Aumenta de tres a cuatro los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. Se mantiene la misma sanción de 200 euros.

Uno de cada cuatro fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

Más seguridad para los ciclistas

Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

Objetos a la vía

Aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.

Unificación del periodo para recuperar los puntos del carné

Dos años sin cometer infracciones es el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.

Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil comprensión y comunicación.

Cursos de Conducción Segura y eficiente

Se podrán recuperar dos puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.

Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.

Menores y alcohol y drogas

Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.

Adelantamientos

Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

Dos de cada tres accidentes mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en vía convencional. Esta supresión va en consonancia con el principio de sistema seguro, de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos en vías convencionales es uno de ellos.




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