El alcalde de Nerja también ordena el cierre temporal de los establecimientos de hostelería del municipio

El Ayuntamiento de Nerja ha emitido un comunicado en el que afirman que «ante el incomprensible retraso de la comparecencia del Presidente del Gobierno, para anunciar las medidas derivadas de la declaración del Estado de Alarma, y ante la evidencia de que parte de la población no está atendiendo a las recomendaciones preventivas anunciadas por la Junta de Andalucía, el alcalde de Nerja, José Alberto Armijo, ha dado instrucciones a la Policía Local para que se proceda al cierre temporal de bares, cafeterías, restaurantes y demás establecimientos de hostelería».

El alcalde se acoge a la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que contempla en el artículo 1 que las Administraciones Públicas, dentro del ámbito de sus competencias, al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, pueden adoptar las medidas previstas en la citada Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad Resultando que el art. 21 m, que atribuye al Alcalde la competencia para adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, las medidas necesarias y adecuadas, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos.






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