Se abre a partir de este martes el plazo para las solicitudes al Plan Renove

Para acceder a la subvención, los vehículos nuevos deben estar matriculados (y pagados) a partir del 15 de junio de 2020.

El plazo para solicitar las ayudas del Plan Renove de 2020 se abre de manera telemática mañana a las 10.00 de la mañana. A partir de este momento, se podrán presentar las solicitudes correspondientes para obtener hasta 4.000 euros de subvención en la compra de un vehículo nuevo, según informa 20 Minutos.



Este plan de ayuda al rejuvenecimiento del parque automovilístico español está dotado con un presupuesto de 250 millones de euros y las solicitudes se atenderán bien hasta que se agote esta partida presupuestaria o bien hasta que se cierre el plazo el próximo 31 de diciembre. 

Pueden ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas, los profesionales autónomos y las empresas privadas de cualquier tamaño. No podrán pedir las ayudas ni los concesionarios ni las empresas en crisis.

Para acceder a la subvención, los vehículos nuevos deben estar matriculados (y pagados) a partir del 15 de junio de 2020 y han de estar adquiridos directamente en concesionario, por medio de opciones de leasing o a través de renting.

En caso de vehículos seminuevos, deben haber sido previamente posesión de un concesionario y estar matriculados por primera vez con fecha posterior al 1 de enero de 2020 a nombre del mismo establecimiento. La fecha de compraventa ha de ser posterior al 15 de junio de 2020.

Los vehículos nuevos homologados como GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas deberán proceder de fábrica o haber sido transformados a través de una red autorizada por el fabricante. Asimismo, deberán estar matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario de la ayuda.

Los vehículos subvencionables deberán ser turismos, furgonetas, furgones, autobuses, autocares, camiones o motocicletas. Respecto a la motorización, estos pueden ser: vehículos convencionales (gasolina o gasoil), de GLP, GNC, GNL, bifuel, eléctrico puro (BEV), eléctrico de autonomía extendida (REEV), eléctrico híbrido enchufable (PHEV), eléctrico híbrido (HEV), eléctrico de célula de combustible (FCV) o eléctrico híbrido de células de combustible (FCHV).

Como requisito ambiental, los turismos y furgonetas ligeras deberán contar con las etiquetas Cero, ECO o C de la Dirección General de Tráfico. Las motocicletas deberán tener una autonomía eléctrica mínima de 70 kilómetros.

Por otro lado, es obligatorio achatarrar un vehículo para poder solicitar la subvención del Plan Renove. Los requisitos básicos que debe cumplir son los siguientes:

  • Ser de la categoría M o N y estar matriculado en España con anterioridad al 15 de junio de 2020.
  • La antigüedad deberá ser mayor a diez años para turismos y mayor a siete años para furgonetas, contando desde su fecha de primera matriculación.
  • El destinatario último de la ayuda deberá ostentar la titularidad del vehículo achatarrado al menos durante los doce meses anteriores a la fecha de solicitud.
  • El vehículo deberá haber sido achatarrado a fecha igual o posterior al 15 de junio de 2020.

Igualmente, el solicitante deberá presentar la siguiente documentación relativa al vehículo achatarrado:

  • Fotocopia de la ficha técnica (ITV) en vigor al menos hasta el 14 de marzo de 2020.
  • Fotocopia del recibo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, debidamente abonado, al menos desde 2019.
  • Fotocopia del certificado acreditativo de la baja definitiva en circulación del vehículo a achatarrar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

Las ayudas se aplican a la compra de vehículos nuevos y matriculados a partir del 15 junio de 2020, incluido el mismo día. A partir de dicha fecha, independientemente de si la solicitud de ayuda y justificación de la compra es posterior, se podrá comprar un vehículo, matricularlo y circular con él y achatarrar un vehículo antiguo.




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