El TSJA ratifica la nulidad de la licencia de unas pistas de pádel en Añoreta en Rincón de la Victoria

Según publica el Diario Sur, el Alto Tribunal rechaza el recurso del Consistorio y de la empresa deportiva al considerar que los permisos otorgados «en precario» no se ajustan a la legislación urbanística

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria y por la empresa Pinos Pádel S. L. en contra de una primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de la capital malagueña que declaró «nulas de pleno derecho y no ajustadas a la legislación urbanística» las licencias «en precario» concedidas por el Consistorio rinconero en 2011 y 2012 para la creación de un complejo de cinco pistas de pádel en la urbanización Paraíso del Sol, en la zona de Añoreta.



Un grupo de vecinos del entorno, agrupados en la asociación Por la Salud y el Medio Ambiente en Paraíso del Sol, iniciaron hace ahora cinco años, nada más abrirse el recinto deportivo, una batalla judicial al denunciar las «enormes molestias» que les ocasionaba el recinto, «por la contaminación acústica y lumínica», al encontrarse rodeado de viviendas. El primer fallo favorable a los residentes se conoció en julio de 2015, aunque fue recurrido por el anterior gobierno cuatripartito, de PSOE, Ahora Rincón-Podemos, IU y PA.

Más de dos años después, el Alto Tribunal Andaluz da dos razones principales para desestimar los recursos del Ayuntamiento y de la empresa que gestiona el recinto deportivo y ratificar ese primer pronunciamiento judicial, que consideró «nulas» las licencias. Por un lado, «no consta que la misma (la licencia) se someta a plazo límite o condición extintiva, antes bien, se expresa como acto sujeto a licencia ‘las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de toda clase y cualquier uso, definitivas o provisionales’», según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso SUR.

En segundo lugar, «la clasificación urbanística del suelo objeto de la actuación es la de ‘urbano consolidado, calificado como Equipamiento Otros (E-O)’, lo que vulnera la limitación a suelo urbanizable no sectorizado o sectorizado sin ordenación pormenorizada que exige la Ley Andaluza», añade el TSJA. Contra este fallo cabe interponer únicamente recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por su parte, el presidente de la asociación vecinal, José María Ramírez, mostró su «enorme satisfacción» por esta segunda resolución judicial favorable. «Instamos al alcalde, Francisco Salado (PP), a que deje de malgastar fondos públicos en batallas perdidas, que sea responsable y, por tanto, no recurra al Supremo el fallo contrario, teniendo en cuenta, además, que la aplicación de la ley, el cierre y la demolición de las instalaciones, no implica indemnización alguna, como recoge en varias ocasiones el propio fallo», consideró este vecino..

«No hay constancia oficial»

El anterior equipo de gobierno, cuando estaban en minoría PSOE, Ahora Rincón-Podemos e IU, tras la salida del PA, planteó la expropiación de los suelos, tal y como contempla el PGOU. Sin embargo, el gobierno de PP y PA, con el apoyo de Ciudadanos, inició una modificación del planeamiento urbanístico para cambiar la calificación de la parcela, de equipamiento público a privado. El abogado de Pinos Pádel S. L., Ernesto Calle, dijo que están a la espera de conocer la postura del Consistorio sobre si recurrirán el fallo ante el Supremo.

Fuentes municipales recordaron que el planteamiento del gobierno de PP y PA es modificar el plan urbanístico para permitir que el recinto deportivo siga funcionando. No obstante, explicaron que aún no tienen «constancia oficial» del fallo del TSJA, por lo que evitaron valorarlo. «Consultaremos con los técnicos qué se debe hacer y actuaremos en consecuencia», manifestaron las fuentes.




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