Toque de queda, confinamientos… las medidas que decaerían si se pone fin al estado de alarma el 9 de mayo

El actual estado de alarma establece una serie de medidas obligatorias que decaerían de no prorrogarse.

El próximo 9 de mayo se pondrá punto y final al segundo estado de alarma (cuarto, si se tienen en cuenta las prórrogas), o ese es el objetivo del Gobierno. El presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, ha anunciado este martes que la intención es no prorrogar el estado de alarma, declarado en España para controlar la transmisión del virus, una vez expire. «Es nuestro objetivo y para eso trabajamos», ha afirmado en rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa al término del Consejo de Ministros.



De esta forma, dejarían de tener efecto las medidas -como las restricciones a la movilidad, los confinamientos nocturnos o los cierres perimetrales- que constan en el Real Decreto 926/2020, del 25 de octubre, con el que se declaró el actual estado de alarma.

Así, pasarían a tener las competencias las comunidades autónomas, en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, tal y como sucedió durante el periodo de «nueva normalidad» en verano, cuando se puso fin al primer estado de alarma declarado el 14 de marzo.

Podría decirse que se trató de un intento frustrado, pues a los pocos meses -en octubre- se volvía a declarar la alarma en el país, ante una situación epidemiológica que sumía a España en una devastadora segunda ola de coronavirus. Un mes después, el Consejo de Ministros aprobaba una prórroga de seis meses que, previsiblemente, finalizará de forma definitiva a las 00:00 horas del próximo 9 de mayo, con las esperanzas puestas en el plan de vacunación. Ahora bien, ¿qué podría suponer que no se prorrogue el estado de alarma?, ¿qué medidas se revocarán?, y ¿quiénes serán los encargados de adoptarlas? 

¿Quién tomará las decisiones si decae el estado de alarma?

Una vez decaiga el estado de alarma, las medidas ya no se adoptarán partiendo de las disposiciones del Real Decreto Ley (y, por tanto, del criterio directo del Gobierno), sino que será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) -en el que participan el Ministerio de Sanidad y los consejeros de las comunidades autónomas- el órgano encargado de aplicar las restricciones que considere necesarias para abordar la situación epidemiológica.

A juicio de Sánchez, el sistema de cogobernanza aplicado en los últimos meses ha sido efectivo ante las distintas olas de coronavirus. No obstante, todavía no ha quedado claro si dicho organismo de coordinación podrá restringir la movilidad -una medida que afecta a derechos fundamentales- si así lo requiere la evolución de la pandemia.

¿Qué medidas decaerían?

 

Dejarán de estar en vigor, automáticamente, las medidas obligatorias que se establecieron en el actual estado de alarma, y que afectan fundamentalmente a la movilidad, al ocio, y a la actividad nocturna:

  • Toque de queda: decaería la «limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno», entre las 23.00 y las 6.00 horas (que algunas comunidades han ido ampliando según necesidad), que está vigente en todo el territorio personal, salvo excepciones.
  • Confinamientos perimetrales: también dejaría de estar en vigor la limitación de entrada y salida de las comunidades autónomas que restringe ahora el movimiento entre territorios, a excepción de aquellos casos debidamente justificados.
  • Limitación en reuniones: se levantaría la actual limitación a reuniones sociales y familiares en espacios públicos y privados, que es de un máximo de seis personas no convivientes (hay comunidades que han llegado a reducir ese límite e incluso llegar a prohibir las reuniones).



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