Hasta el 7 de octubre se podrán realizar consultas y reclamaciones del censo electoral

Hasta el 7 de octubre inclusive, se abre el plazo para consulta y posibles reclamaciones del censo electoral que se usará para las próximas elecciones generales del 10 de noviembre. Esta consulta puede hacerse en el Ayuntamiento, previa identificación de la persona, y en horario de 9 a 14 horas. A partir del 17 de octubre la OCE (Oficina del Censo Electoral) remitirá a cada elector residente en España una tarjeta censal con la mesa y el local electoral donde le corresponde votar. Se recuerda que el censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de julio de 2019, que contiene las variaciones producidas en los registros de origen (ayuntamientos o consulados) hasta el 27 de junio.

Complementariamente a esta consulta, se puede ejercer el derecho de exclusión para recibir propaganda electoral. Los electores pueden solicitar la exclusión de las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas para el envío de propaganda electoral. Estas exclusiones son continuas y tienen efecto permanente mientras el elector no se manifieste en sentido contrario. Quienes realicen esta solicitud hasta el 7 de octubre no recibirán propaganda electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones. Las solicitudes posteriores a 7 de octubre tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.



La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con certificado electrónico, en la Sede electrónica del INE (https://sede.ine.gob.es/oposicionPartidos) o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la OCE mediante la presentación de un impreso normalizado.



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