El Pleno de Nerja aprueba una modificación del Reglamento Orgánico Municipal

En concreto, se ha modificado el artículo 65, sobre las atribuciones de la Junta de Portavoces, y artículo 86, sobre la asistencia del público a los Plenos.

El Pleno de la Corporación nerjeña ha aprobado por unanimidad una modificación del Reglamento Orgánico Municipal. Concretamente, se ha modificado el artículo 65, sobre las atribuciones de la Junta de Portavoces, y 86, sobre la asistencia del público a los Plenos.



Se establecen las siguientes atribuciones a la Junta de Portavoces: el debate y propuesta sobre cualquier asunto relativo al desarrollo y funcionamiento de las sesiones plenarias, la propuesta al Pleno de mociones cuando sean formalizadas por la totalidad de sus miembros, y asuntos de interés municipal, previa petición al alcalde y cuando se determine por este, previa consulta a los portavoces, dicho carácter.

En relación a la participación del público asistente a las sesiones plenarias, a la regulación actual, se ha incorporado la posibilidad de que se puedan hacer ruegos y preguntas orales sobre asuntos concretos de interés municipal, en todo caso una vez levantada la sesión.

Esta aprobación provisional se tramitará según la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local. De no presentarse reclamación alguna, la modificación se entenderá aprobada definitivamente, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, entrando en vigor tras la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.




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