El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria concede las primeras ayudas económicas de este año para el pago del IBI por importe de 50.000 euros

La convocatoria ha recibido un total de 394 solicitudes. La Junta de Gobierno de este martes ha aprobado un primer expediente con 224. En total se prevé este año destinar un total de 80.000 euros en ayudas económicas.

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria celebrada en la mañana de hoy ha aprobado el primer expediente de solicitudes de ayudas económicas para el pago del 50% del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de este año, según ha informado el concejal de Economía y Hacienda, Antonio Fernández (PP).



La convocatoria, que permaneció abierta desde el pasado 1 de abril al 30 de mayo, recibió un total de 394 solicitudes, de las 224 han sido aceptadas y aprobadas hoy por un importe global de 50.000 euros, tras cumplir con los requisitos contemplados en las bases de este año. Se han desestimado una treintena de solicitudes por incumplimientos de requisitos.

El edil del área municipal ha explicado que “el volumen económico de las ayudas previstas para este año ascenderá a unos 80.000 euros. En el mes de agosto tenemos contemplados la aprobación de un segundo expediente con el resto de solicitudes recibidas, algo más de un centenar”.

Además, Fernández recuerda que “esta ayuda es compatible con la concedida por empadronamiento para el pago del recibo del IBI por parte del Ayuntamiento”.

El alcalde de Rincón de la Victoria, Francisco Salado (PP), ha destacado la importancia de esta ayuda económica, “que viene a sufragar en parte la carga fiscal para el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles al que tienen que hacer frente las familias de nuestro municipio”.

La convocatoria de ayuda económica está destinada al residente y empadronado en Rincón de la Victoria durante todo el año que ostente la propiedad plena o usufructuaria de una única vivienda que constituya su residencia habitual y que acredite la condición de ser su domicilio de empadronamiento a la fecha de devengo del IBI.

La cuantía a percibir es el equivalente al 50% de la cuota líquida del recibo del IBI aplicable a la vivienda habitual para personas empadronadas en el municipio, y que cumplan con una serie de requisitos contemplados en las bases de la convocatoria.

Los ingresos mensuales de la unidad familiar no pueden superar en 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), ponderándose esta cantidad en función del número de miembros de la unidad familiar, que comprende para un único miembro la cantidad de 847,35 euros hasta familias con más de 6 miembros a las que le corresponde un importe de 1.998.77 euros.




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