La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por un delito de abusos sexuales cometido contra su sobrina política, una menor que en el momento de los hechos tenía 13 años y una discapacidad psíquica reconocida del 33%, según publica el diario Málaga Hoy. La sentencia considera probado que el procesado aprovechó un entorno de confianza familiar y la vulnerabilidad de la víctima para realizar los tocamientos en el propio domicilio de los tíos.
Los hechos se produjeron en julio de 2022, cuando la menor se encontraba de visita en la vivienda de sus familiares, como solía hacer con frecuencia debido a la buena relación que mantenían. Según el relato judicial, el hombre esperó el momento en que su esposa -tía de la niña- abandonó el salón para dirigirse a la cocina para comenzar a acariciar el cuello, la espalda y las partes íntimas de la menor por debajo de la ropa.
Para el tribunal, la declaración de la víctima ha sido determinante, calificándola de «clara y rotunda». Los magistrados destacan que la menor relató lo sucedido con naturalidad y sin caer en contradicciones, dudas o titubeos, a pesar de su trastorno del desarrollo. Esta versión fue plenamente avalada por las conclusiones de los informes periciales realizados por forenses y psicólogos, que corroboraron la veracidad del testimonio frente a la postura del acusado.
Por su parte, el procesado negó los hechos durante el juicio e intentó justificar la denuncia como una «invención» motivada por las supuestas malas relaciones existentes entre su mujer y su cuñada. Sin embargo, la Sala ha desestimado estos argumentos, primando las manifestaciones de la menor sobre la estrategia defensiva del hombre.
Como consecuencia de estos hechos, además de la pena de cárcel, el tribunal ha impuesto al condenado diez años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima por cualquier medio durante una década. Asimismo, el sentenciado deberá abonar una indemnización de 6.000 euros al representante legal de la menor en concepto de responsabilidad civil por el daño moral causado.





