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Condenado en Gijón a dos años y medio de cárcel por contagiar el VIH a su novia de 14 años ocultándole la enfermedad

El joven de 23 años mantuvo reiteradas relaciones sexuales con la menor sin utilizar preservativo y ocultándole deliberadamente su condición de portador del virus.

por redaccion
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a dos años y medio de prisión a un joven de 23 años por un delito de lesiones, al haber transmitido el VIH a su novia de 14 años. La sentencia penaliza el hecho de que el acusado mantuvo reiteradas relaciones sexuales con la menor sin utilizar preservativo y ocultándole deliberadamente su condición de portador del virus, según publica diario SUR.

Los hechos se remontan a 2022 en Gijón, cuando la madre de la menor interpuso la denuncia tras descubrir la condición médica del procesado. Fue en ese momento cuando la joven se sometió a las pruebas médicas pertinentes, dando positivo en una fase precoz de la infección (fase A2). Desde entonces, la víctima se encuentra bajo un tratamiento farmacológico crónico y estrictos controles médicos regulares.

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El fallo judicial destaca que el acusado conocía perfectamente el riesgo de transmisión, ya que estaba diagnosticado de VIH por transmisión vertical desde su nacimiento en 1999. A pesar de ello, el tribunal constató que el joven realizaba un seguimiento irregular de su terapia, mostrando una «mala adherencia» y múltiples abandonos de la medicación, la cual no tomaba durante los meses en los que mantuvo la relación con la menor.

A lo largo del proceso judicial, el Juzgado de la Violencia contra la Mujer de Gijón impuso medidas cautelares estrictas para proteger a la víctima, prohibiendo al acusado acercarse a menos de 300 metros de ella o de su domicilio, así como cualquier tipo de comunicación. Finalmente, la resolución dictamina que, además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar a la denunciante con 25.000 euros por los daños causados.

Para fijar la condena de dos años y medio, el tribunal ha aplicado dos circunstancias atenuantes al procesado. Por un lado, se ha tenido en cuenta la reparación del daño al haber consignado 5.000 euros antes de la celebración del juicio; por otro, se apreció una atenuante de alteración psíquica, ya que el joven presentaba un trastorno disocial y tenía disminuidas sus capacidades debido al consumo crónico de alcohol, cocaína, cannabis y alucinógenos.

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