El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una profunda reforma del Reglamento General de Circulación con el objetivo de mejorar la seguridad de los denominados usuarios vulnerables de la vía, entre los que se encuentran peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). La nueva normativa introduce cambios relevantes que afectarán a millones de personas en toda España y adapta la regulación a los nuevos modelos de movilidad surgidos en las últimas dos décadas.
Entre las medidas más destacadas figura la prohibición de conducir patinetes eléctricos a menores de 15 años, nuevas exigencias de seguridad para motoristas y ciclistas, así como normas destinadas a mejorar la convivencia entre vehículos y usuarios más vulnerables.
Los menores de 15 años no podrán utilizar patinetes eléctricos
Por primera vez, el Reglamento fija una edad mínima de 15 años para conducir vehículos de movilidad personal. La medida afecta principalmente a los patinetes eléctricos, cuyo uso se ha multiplicado en los últimos años en ciudades y municipios de toda España.
Además, los usuarios deberán utilizar obligatoriamente casco de protección, mientras que el uso de chaleco reflectante será obligatorio durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad. En el caso de quienes utilicen estos vehículos de forma profesional, como los repartidores, el chaleco deberá llevarse en todo momento.
Otra novedad relevante es que los VMP deberán circular siempre con el alumbrado encendido, aunque esta obligación entrará en vigor un año más tarde que el resto de la reforma.
Más protección para los ciclistas
La reforma introduce importantes cambios para reforzar la seguridad de quienes se desplazan en bicicleta. Una de las principales novedades es que desaparecen las excepciones existentes para el uso del casco, que será obligatorio para todos los ciclistas en vías interurbanas.
También se endurecen las condiciones para adelantar bicicletas. Los conductores deberán reducir la velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía antes de realizar el adelantamiento. Además, en carreteras con más de un carril por sentido será obligatorio cambiar completamente de carril para rebasar a un ciclista, manteniendo siempre una separación lateral mínima de 1,5 metros.
En las vías urbanas, los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril para aumentar su visibilidad y seguridad. Asimismo, los conductores de vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando circulen detrás de ellos en el mismo carril.
Guantes obligatorios y nuevas normas para motoristas
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también tendrán que adaptarse a nuevas exigencias. La normativa establece el uso obligatorio de guantes de protección para conductores y pasajeros en vías interurbanas, además de la obligación de utilizar calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Ambas infracciones estarán sancionadas con multas de 200 euros.
Por otro lado, los cascos deberán estar debidamente homologados, elevando así los estándares de seguridad exigidos.
La reforma también permitirá que las motocicletas puedan circular por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, siempre que el tramo esté señalizado y la velocidad no supere los 30 kilómetros por hora.
En el caso de los repartidores que trabajen en motocicleta, será obligatorio el uso permanente de chaleco reflectante.
Fin de algunas excepciones al cinturón de seguridad
Otra de las modificaciones elimina las exenciones que permitían circular sin cinturón a determinados colectivos. Los conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción deberán utilizarlo de forma obligatoria durante la circulación.
Nieve, emergencias y vehículos averiados
La nueva normativa regula también situaciones especiales en carretera. Cuando existan retenciones importantes, los conductores deberán facilitar la creación de un carril de emergencia para permitir el paso de ambulancias, bomberos, policía y otros servicios de intervención urgente.
Asimismo, cuando la nieve dificulte la circulación en autopistas y autovías, quedará prohibido adelantar y todos los vehículos deberán utilizar exclusivamente el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los vehículos de emergencia y los quitanieves.
También se establecen nuevas obligaciones al rebasar vehículos inmovilizados por accidente o avería, debiendo mantener una distancia mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite permitido.
Entrada en vigor
La mayor parte de las medidas recogidas en el nuevo Reglamento General de Circulación entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026. Sin embargo, algunas obligaciones, como el alumbrado permanente para los patinetes eléctricos o la exigencia de determinados cascos homologados para motociclistas, serán aplicables a partir del 1 de octubre de 2027.





