Benamargosa permite el llenado y rellenado de piscinas públicas y privadas este verano

El nuevo bando municipal aplicará esta excepción hasta el próximo 30 de septiembre de 2024.

Benamargosa permitirá hasta el 30 de septiembre de 2024 el rellenado parcial de piscinas públicas y privadas que dispongan de un sistema de recirculación del agua, en las cantidades indispensables para reponer las pérdidas por evaporación, limpieza de filtros y para garantizar la calidad sanitaria del agua. También se permitirá el primer llenado de piscinas públicas y privadas de nueva construcción o el llenado que responda a obras de rehabilitación de la piscina o de modificación del vaso, así como la puesta en funcionamiento de las duchas de establecimientos deportivos y piscinas donde el uso de la ducha sea obligatorio para su utilización. Así lo ha dado a conocer este domingo el Ayuntamiento de Benamargosa a través de un nuevo Bando Municipal, firmado por el alcalde de la localidad, Salvador Arcas.



Se mantiene prohibido el uso de agua potable para el riego de jardines, huertos, parques o zonas verdes, tanto públicas como privadas; el baldeo de calles, aceras, fachadas o de cualquier otra superficie, tanto pública como privada, salvo que el mismo se realice con agua no potable; el lavado de coches fuera de los establecimientos autorizados; para fuentes ornamentales que no tengan circuito cerrado de agua, duchas y surtidores públicos; y cualquier otro uso no esencial.

La comarca de la Axarquía se mantiene en situación excepcional de emergencia por sequía extraordinaria debido a la escasez grave de recursos hídricos para el abastecimiento, según lo establecido en el Plan Especial de Sequía de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (DHCMA). El nuevo bando está en conformidad con la Orden de 22/05/2024 por la que se declaran los cambios de estado y las medidas a adoptar debido al estado de sequía en las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (BOJA No 102, DE 28/05/2024) y a la Resolución de la Secretaría General de Agua de 27/05/2024 con las medidas a adoptar tras la reunión de la Comisión para la Gestión de la Sequía, por la que se autorizan determinadas excepciones.

El Ayuntamiento de Benamargosa informa que el incumplimiento de las obligaciones dispuestas podrá ser considerado como infracción y sancionado según lo previsto en el Capítulo IV del Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía.

El Consistorio apela a todos los ciudadanos, así como a los responsables de instalaciones tanto públicas como privadas, que hagan un uso responsable, solidario y eficiente del agua potable, revisando posibles fugas y aplicando otras medidas que eviten el consumo de agua innecesario, como cerrar la llave principal de suministro en viviendas e instalaciones en horarios o periodos en que no estén ocupadas (colegios, edificios municipales, negocios, residencias particulares, etc.).

El seguimiento y evaluación de las medidas será continuo, pudiendo el Ayuntamiento de Benamargosa tomar medidas más restrictivas en función de la evolución de la situación de sequía. El nuevo Bando, que modifica a los anteriores, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios municipal y tendrá una duración indefinida hasta que se dicte un nuevo bando que lo anule o se declare el fin de la situación de sequía.




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