Adiós al Estado de Alarma ¿y ahora qué?

La Junta de Andalucía ha aprobado un paquete de 400 medidas preventivas, en el que también se incluyen restricciones, que entrarán en vigor este lunes en las ocho provincias.

Cuando acabe este sábado, a las 00 h. del ya domingo 21 de junio, no todo volverá a ser como antes del confinamiento. No serál el Gobierno central a partir de ahora qué podemos o no hacer y establezca los límites. Cada comunidad recupera su autonomía para gestionar las provincias de su territorio. Por ello el Consejo de Gobierno andaluz aprobó este viernes un paquete con una serie de medidas preventivas, 400 en total, en el que también se incluyen restricciones, que entrarán en vigor este lunes y estarán vigentes hasta que se pueda hacer frente al virus con un  tratamiento eficaz y con una vacuna preventiva, cosa que la Junta de Andalucía no prevé que pase al menos hasta la primavera de 2021.



El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio, al igual que mantener la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas. Pero aunque seguirá habiendo una serie de limitaciones también habrá buenas noticias, como el reapertura de las salas de cines, previstas para el 26 de junio.

Cines, teatros, auditorios, circos y conciertos
Se deberá contar con butacas preasignadas, siempre que no superen el 65% del aforo permitido en cada sala, permitiendo la asistencia máxima de 800 personas para lugares cerrados y 1.500 personas en actividades al aire libre. Además, se propone el agrupamiento de espectadores cuando se trate de unidades familiares o de convivencia.

Centros y espacios culturales
Los museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones tendrán un aforo limitado al 65%, tanto para visitas como para las actividades culturales, mientras que las visitas de grupo serán de un máximo de 20 personas, incluyendo el guía.

Archivos, bibliotecas y centros de documentación. No se podrá superar el 65% del aforo permitido y la devolución del material bibliográfico y documental conllevará el sometimiento de un periodo de cuarentena.

Centros comerciales
Aforo en las zonas comunes: aquel que permita la distancia mínima. Deberá señalarse expresamente el aforo efectivo por el establecimiento. Habrá que extremar la distancia mínima interpersonal, con especial atención a escaleras y ascensores. Entrada y salida del centro comercial diferenciadas. La limpieza será al menos 2 veces al día de las instalaciones. Obligatoria al final del día.

Tiendas y comercios
Aforo: aquel que permita distancia mínima de 1,5 metros. Deberá señalarse expresamente. Se limpiarán al menos 2 veces al día de las instalaciones. Obligatoria al final del día. Posible establecer pausas a mediodía. Podrán ofrecer servicios de entrega a domicilio y recogida de la compra en zonas habilidadas todos los días de la semana. Facilitar el pago y la recepción del producto sin contacto personal.

Mercadillos
Aforo: aquel que permita distancia mínima de 1,5 metros. Deberá estar señalado mediante cartelerías. En todo caso, se mantendrá la distancia mínima de 1,5 metros entre puesto y cliente, que estará señalada en el suelo. Habrá posibilidad de ampliación de puestos o días por parte de los consistorios, y vigilancia para cumplimiento de distanciamiento y evitar aglomeraciones. Se establecerán diferenciados el acceso y la salida para el público.

Parque infantiles. Al aire libre, una persona por cada cuatro metros cuadrados. Habrá limpieza diaria del mobiliario y áreas de contacto.

Bares y restaurantes
En el interior: aforo del 75% en barra o agrupaciones de mesa, con metro y medio de distancia. Agrupación máxima: 25 personas. Terrazas: 100% de las mesas. Agrupación máxima: 25 personas. La mantelería será prioritariamente de un solo uso. En su defecto, cambio entre clientes. Lavado mecánico 60-90 grados. Se evitará el uso de cartas y se aconsejan otros medios alternativos.

Salones de celebraciones para bodas. Aforo máximo del 75%. Máximos en todo caso: 250 personas en interior, 300 al aire libre.

Discotecas. El aforo será del 40% en mesas, 25 personas por mesas o agrupaciones y en terrazas del 75% de esparcimiento en mesas, 25 personas por mesas o agrupaciones.

Establecimientos recreativos infantiles. Estarán cerrados

Parques de atracciones incluidos acuáticos y temáticos. Aforo máximo del 60%. Las atracciones se regulan como las atracciones de feria. Un tercio de las atracciones deberán estar cerradas,

Atracciones de feria. Aforo del 50% de la fila de asientos y de feria con al menos 1,5 metros de distancia entre asientos. 50% aforo en atracciones sin asientos con distancia de seguridad. 30% aforo en atracciones sin asientos sin garantizar distancia de seguridad con mascarilla y desinfección de manos. Desinfección de todos los elementos después de cada uso.

Fiestas y verbenas. No se recomienda su celebración romerías y otras actividades.

Parques zoológicos. Aforo de dos tercios. Hasta 25 personas.

Juegos y apuestas. Reapertura condicionada. No se puede superar el aforo máximo en Hostelería.

Zonas comunes de hotel y alojamiento turístico
Aforo del 50%, a determinar en cada espacio o zona según anterior. de hoteles y alojamientos turísticos. En las actividades grupales o eventos, el aforo máximo será de 20 personas. Protección con distancia de seguridad o mascarillas. Preferencia al aire libre. Deberá haber dispensadores de gel. Ventilar los espacios dos horas antes. En la restauración del hotel, se regulará como el resto de establecimientos de este tipo. Para piscinas y spas, el aforo será del 50%.

Guías turísticos
Cita previa y grupos máximos de 30 personas. Evitar tránsito por zonas y lugares que generen aglomeraciones. Distancia de seguridad o mascarilla. Respetar normas de visita a monumentos o equipamientos culturales. No suministrar folletos o análogos.

Congresos y conferencias
El aforo será aquel que permita mantener una distancia mínima de seguridad interpersonal reuniones (1,5 metros). Como máximo, de un 75% del total permitido.

Actividades de tiempo libre
Aforo. Al aire libre, máximo de 75% de participantes, límite de 250 personas. Espacios cerrados: 50%, límite 150 personas. Siempre en grupos de hasta 15 personas. Medidas para el mantenimiento de distancia o, en su defecto, mascarilla.

Caza
Obligatoriedad de elaboración de un plan de actuación del responsable de la cacería, que deberá presentarse a la autoridad competente para autorización. No compartir utensilios, ni comida, y mantener distancia o, en su defecto, mascarilla.

Eventos deportivos
Los organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición al aire libre deberán garantizar las condiciones óptimas en relación con la participación escalonada, distribución y ordenación de participantes para un desarrollo seguro de la actividad, siendo 500 el número máximo de deportistas participantes permitidos. También se tomarán medidas para evitar la concentración de espectadores y acompañantes.

En lo referente a la asistencia a eventos deportivos como público, se limitará el aforo al 65%, es decir cuando sea en instalaciones deportivas al aire libre el máximo será de 1.500 personas, mientras que si son en pabellones cubiertos el máximo de aforo será de 800 personas. En el caso de eventos deportivos de especial interés para Andalucía por su impacto deportivo, económico y social, excepcionalmente se podrá superar el aforo establecido siempre que se mantenga la distancia mínima de seguridad interpersonal. El público deberá permanecer sentado y con localidades preasignadas y podrá permitirse la entrada a los medios de comunicación.

Navegación de recreo
Podrá realizarse sin que puedan encontrarse a bordo un número de personas que supere el 75% de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación o aeronave, salvo que se trate de personas que convivan en el mismo domicilio, en cuyo caso se podrá alcanzar el 100% o salvo en el caso de embarcaciones para dos tripulantes en que podrán navegar los dos. En todo caso, el número de personas a bordo de la embarcación no podrá exceder de 25.

Actos de culto
Velatorios y entierros. Aforo de 60 personas aire libre, 30 espacios cerrados. Comitiva religiosa máxima de 75 familiares o allegados. Distancia interpersonal o, en su caso, mascarilla.

Misas y lugares de culto
Aquel aforo que permita distancia mínima interpersonal, que deberá estar expuesto al público. Deberá mantenerse la distancia interpersonal o, en su caso, uso de mascarilla. Para uso del exterior de los edificios deberá autorizar ayuntamiento. Ceremonias nupciales y otras, según aforo para lugar de culto en general. Distancia interpersonal o, en su caso, mascarilla.

Espectáculos taurinos
El Gobierno andaluz establece un 50% del aforo máximo en las plazas de toros de la comunidad autónoma y el mantenimiento de la distancia de seguridad entre espectadores. En el caso de que no se pueda garantizar la distancia, se tomarán las medidas de higiene y prevención establecidas como el uso de mascarillas.

Piscinas de uso colectivo
Aforo: 75%, con distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. Señales en el suelo o marcas similares que establezcan la distribución especial. Limpieza y desinfección de instalaciones con especial atención a vestuarios y baños con carácter previo a la apertura de cada jornada. Cartelería con información visible a los usuarios sobre Covid-19.

Academias y autoescuelas
Aforo. 75%, máximo 25 personas. Seguridad. Distancia mínima de seguridad o, en su caso, mascarilla. Si hay vehículos: mascarillas tanto el docente como el resto de ocupantes.

Transporte público de viajeros
La totalidad de los asientos podrán ocuparse, procurando la máxima separación. Uso obligatorio de mascarillas.

Transporte público regular
Condiciones de explotación del servicio: 50% mínimo en servicios provinciales e interprovinciales; 60% mínimo en horas valle y 80% en horas punta en servicios metropolitanos. Con asientos: la totalidad de los asientos. Plazas a pie: podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas y el 75% de las plazas disponibles. En el transporte marítimo de viajeros se podrá utilizar la totalidad de la ocupación procurando la máxima separación. Desinfección diaria. Dispensadores geles de hidroalcohol. Uso obligatorio de mascarillas para todos los usuarios. Distancia de seguridad de 1,5 metros entre usuarios. Habrá que facilitar la venta anticipada.

 




Restaurante Belga La Brasserie

Abrimos nuestra terraza con todas las medidas de seguridad.

avda. Antonio Tore Tore, 16, 29740 Torre del Mar

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