Cerca de 35.000 euros por un piso que nunca fue construido
Información procedente de Cadena Ser Málaga
Un juzgado de Málaga obliga a un banco a devolver casi 35.000 euros a una jubilada que pagó la entrada de un piso que la promotora Aifos nunca llegó a construir.
Eran todos los ahorros de esta mujer, ahora jubilada, y los entregó como entrada para un piso que la promotora nunca entregó. En su fallo el juzgado tumba los argumentos de la entidad bancaria: niega que la víctima, representada por el despacho Ley 57, comprara el piso con fines especulativos, que la promoción de Aifos fuera para otra cosa distinta que viviendas y que el dinero entregado a cuenta por los compradores pudiera destinarse a esa obra ya que ni siquiera llegó a construirse.
Dice el fallo que la ausencia de los avales individuales no impide que la obligación de restituir las cantidades entregadas, con sus intereses, quede cubierta a favor de los compradores que han concertado un contrato de compraventa y que, en todo caso no debe pesar sobre el comprador la actuación grave y negligente de la promotora.
Siguiendo la doctrina del Supremo este juzgado entiende que la entidad bancaria asume una corresponsabilidad con el promotor para garantizar la devolución de las cantidades entregadas a cuenta por los compradores. Por ello obliga a que la entidad devuelva a esta mujer jubilada los 35.000 euros que pagó por anticipado más los intereses legales.