La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 5.000 euros a la clínica Axarquía Vélez Dental S. L., ubicada en Vélez-Málaga, por el uso excesivo de cámaras de videovigilancia con fines de control laboral, una práctica que, según la resolución, afectaba a la intimidad tanto de trabajadores como de pacientes.
Según publica Diario Sur, la investigación revela que el centro tenía hasta once cámaras instaladas en el interior de sus instalaciones, repartidas por recepción, gabinetes médicos, pasillos, almacén, laboratorio y despacho de dirección, sin que existiera la señalización obligatoria de “zona videovigilada”, lo que motivó la reclamación ante la AEPD.
Tras el requerimiento del organismo, la empresa reconoció disponer de dos sistemas de videovigilancia: uno propio, formado por diez cámaras fijas, y otro correspondiente a un sistema de alarma gestionado por una empresa de seguridad. La clínica defendió que las cámaras tenían como finalidad garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones, y aseguró que no se hacía uso de las imágenes grabadas durante los tratamientos a pacientes, que no se captaba sonido y que el plazo de conservación de las imágenes era de siete días.
Asimismo, la mercantil sostuvo que solo el director de la clínica tenía acceso a las grabaciones y que las imágenes no se utilizaban para fines distintos a la seguridad y al control empresarial, negando cualquier intención de vulnerar la intimidad de pacientes o empleados.
En sus alegaciones, la empresa afirmó que las cámaras respetaban los derechos fundamentales de los trabajadores, ya que las zonas grabadas habían sido “cuidadosamente delimitadas”, evitando espacios privados o ajenos a la actividad laboral. También señaló que no existía una grabación fija y constante sobre un puesto de trabajo concreto, dado que los empleados realizan funciones dinámicas en distintas áreas de la clínica.
No obstante, la resolución de la AEPD concluye que la instalación de cámaras en consultas médicas y despachos, junto a la ausencia de carteles informativos, supone una vulneración de la normativa de protección de datos, al implicar un control desproporcionado que afecta a la privacidad y dignidad de trabajadores y pacientes.
Según consta en la denuncia, las cámaras estaban distribuidas de la siguiente manera: dos en recepción, una en cada uno de los cinco gabinetes/quirófanos, una en el almacén, una en el laboratorio, una en el pasillo y otra en el despacho de dirección, todas ellas sin la señalización legal preceptiva.





