Qué hacer si se retrasa tu vuelo internacional

Los retrasos en vuelos internaciones pueden causar más inconvenientes a los pasajeros afectados debido a que los trayectos son más largos y, en ocasiones, incluso lo que espera a la llegada del primer aeropuerto de destino es el enlace con el siguiente avión.

Por tanto, si tienes previsto tomar un vuelo internacional, es fundamental que estés informado acerca de tus derechos y las situaciones en las que podrías optar a una compensación. Tanto si decides gestionar la reclamación por ti mismo como si prefieres contar con la asistencia de especialistas, existe la oportunidad de obtener una compensación por retraso de vuelo, por ejemplo, a través de los expertos de AirHelp.



Qué dice la normativa europea sobre los retrasos de vuelos internacionales

 

El Reglamento (CE) 261 es el encargado de regular los derechos de los pasajeros aéreos en casos de cancelación y retrasos de vuelos. Esta normativa se encarga de estipular qué casos pueden ser reclamados y con qué importes se debe compensar a los pasajeros afectados.

En él se especifica que, tanto para los vuelos nacionales como los internacionales, los retrasos que pueden recibir una indemnización deben ser de al menos tres horas respecto de la hora de llegada estipulada al aeropuerto de destino.

Las cuantías con las que se indemnizará a los pasajeros van de los 250 a los 600 euros, y dependerán de los kilómetros del vuelo y, en algunos casos, también del tiempo de retraso, pero siempre a partir de las tres horas.

El reglamento europeo y los vuelos internacionales

 

El texto legal europeo es de aplicación solo en la Unión Europea y algunos pocos territorios adicionales. Además, determina en qué casos será de aplicación cuando el aeropuerto de destino o de origen no se encuentre en alguno de estos países.

En estos casos, el Reglamento (CE) 261 indica que la normativa europea se aplicará siempre que el aeropuerto de destino esté ubicado dentro del territorio. En cambio, cuando el origen sea un aeropuerto externo, pero el destino sí esté dentro del territorio, entonces el reglamento será de aplicación solo cuando la aerolínea sea europea.

Por lo tanto, los vuelos internacionales con retrasos podrán ser indemnizados cuando:

  • El aeropuerto de origen esté dentro del territorio de la Unión Europea.
  • El aeropuerto de origen sea externo, pero el destino sea un aeropuerto de la Unión Europea y la aerolínea sea europea.
  • El retraso sea superior a las tres horas.
  • Las causas del retraso no sean circunstancias extraordinarias.

Calcula tu indemnización

 

Así, si tu vuelo internacional cumple los requisitos mencionados en el punto anterior, podrás recibir una compensación económica, igual que sucede con los vuelos nacionales dentro de la Unión Europea.

Los importes, sin embargo, varían en función de la distancia del recorrido. A más kilómetros, más elevado será la cuantía que recibiráscomo pasajero afectado por un vuelo internacional retrasado. Así:

  • Los vuelos de 1500 km o menos con un retraso superior a las tres horas podrán ser reclamados y los pasajeros recibirán una indemnización de 250 euros.
  • Los vuelos de más de 1500 km dentro del territorio de la Unión Europea (tanto dentro de un mismo país como internacional) también podrán ser reclamados. Los pasajeros afectados por el vuelo retrasado recibirán una compensación económica de 400 euros.
  • El mismo importe aplica a los vuelos no comunitarios de entre 1500 y 3500 km con un retraso de más de tres horas.
  • Finalmente, los vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un retraso de entre tres y cuatro horas podrán ser reclamados por un importe de 300 euros. Si el retraso es superior a las cuatro horas, entonces la cuantía se eleva hasta los 600 euros.

 

Vuelos retrasados fuera de la Unión Europea

 

¿Qué pasa con los vuelos que tienen ambos origen y destino fuera del territorio de aplicación del Reglamento (CE) 261? Pues, en esos casos, los pasajeros disponen de muchos menos derechos.

La mayoría de los países se adhieren al Convenio de Montreal, pero los derechos de los pasajeros son mucho más limitados que los cubiertos por la normativa europea.

En la mayoría de los casos, los pasajeros afectados deberán negociar con la misma compañía aérea. En cualquier caso, normalmente solo se cubren los daños resultantes del retraso, un concepto ambiguo que en algunos casos podrá incluir una compensación económica por los daños morales, pero en otros casos no.



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