Los comercios de Rincón de la Victoria tendrán libertad horaria en Semana Santa y verano

El pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha aceptado la solicitud del Ayuntamiento para declarar la totalidad del municipio como Zona de Gran Afluencia Turística, informa Diario Sur

El pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha aceptado la solicitud del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria para declarar la totalidad del municipio como Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) durante la Semana Santa -desde Domingo de Ramos a Sábado Santo- y época estival -del 1 de junio al 15 de septiembre-. Esta declaración supondrá que, a efectos de horarios comerciales, tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura al público, en dichos periodos del año, y hasta 2023. Este acuerdo ha sido alcanzado por la mayoría de los miembros del Consejo Andaluz de Comercio y será ratificado con la firma de la resolución por parte de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, tras pasar por la fase de audiencia por parte del Ayuntamiento.



La propuesta de resolución tomada en el pleno responde a la aplicación de la normativa establecida para la declaración de esta figura y se ha adoptado de conformidad con las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y el TSJA sobre las declaraciones de ZGAT de Cádiz y Málaga. «El objetivo del Gobierno andaluz es mantener un equilibrio comercial que permita la convivencia entre diferentes formatos y posibilite la calidad y la estabilidad del empleo en el sector», han precisado en un comunicado.

Otro de los puntos del día tratados en el pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha sido la solicitud de determinados ayuntamientos andaluces para permutar uno de los diez domingos y festivos prefijados para el año 2020 para que los establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados puedan abrir sus puertas con libertad horaria, con el objetivo de conseguir una mayor adecuación a las necesidades concretas de los comerciantes y de los consumidores de cada localidad.

Menos de 300 metros cuadrados
Además de fijar las condiciones de aplicación del calendario para domingos y festivos para este tipo de establecimientos, la normativa andaluza establece que tendrán plena libertad para determinar horarios de apertura los establecimientos de pastelería y repostería; pan y platos preparados; prensa, carburantes y floristerías; las tiendas de conveniencia; los comercios instalados en puntos fronterizos, y estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.

También disponen de libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de aquellos que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme. Finalmente, podrán abrir libremente los comercios de zonas declaradas de Gran Afluencia Turística, que son aquellos términos municipales o parte de los mismos en los que la media ponderada anual de población es superior al número de residentes en determinadas épocas del año. En dichas áreas, la libertad de apertura solo será aplicable en los períodos y ámbitos que se determinen.

 




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