Dejan de contar los ingresos de la pareja de hecho al solicitar el subsidio por desempleo

La sentencia ha sido dictada por el Tribunal Supremo y declara nula esta práctica utilizada por el Servicio Público de Empleo

El Tribunal Supremo, ante una denuncia presentada por el abogado cordobés Valentín Aguilar, ha dictaminado que los ingresos de la pareja de hecho no deben tomarse en cuenta a la hora de solicitar el subsidio por desempleo.



Así en la sentencia se recoge que «no ha de tomarse en consideración los ingresos de la pareja de hecho de la solicitante del subsidio de desempleo», orientando la norma a la «protección de los desempleados y no a la familia» y declarando así como «incorrecta» la práctica utilizada por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Valentín Aguilar se muestra contento con esta sentencia ya que supondrá «una ventaja para la pareja de hecho» que podrá solicitar el subsidio por desempleo «sin que se tenga en cuenta la renta del otro miembro de la pareja de hecho con cargas familiares comunes»

 




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