Condenan en Málaga a una mujer que participó en la ‘Procesión del Chumino Rebelde’ por un delito contra los sentimientos religiosos

La condenada se declaró inocente en el juicio y afirmó que no pensó que pudiera ofender a los católicos.

El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga ha condenado a la mujer acusada de participar en la llamada ‘Gran Procesión del Santo Chumino Rebelde’ a una pena de nueve meses de multa con una cuota diaria de diez euros por un delito contra los sentimientos religiosos y a pagar las costas del procedimiento judicial.



La sentencia le absuelve del delito de provocación a la discriminación, al odio y la violencia del que también estaba acusada; una resolución que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

La Asociación de Abogados Cristianos ejerció la acusación particular, y su presidenta, Polonia Castellanos, ha celebrado la sentencia y ha asegurado que «las ofensas gratuitas, innecesarias y deliberadas contra los católicos no pueden quedar impunes si queremos vivir en un estado democrático».

Así se considera probado que la condenada participó el 8 de marzo de 2013, durante la manifestación por el Día de la Mujer, en una «especie de procesión» ataviada con una peineta y con una vela grande en la mano y portaba, junto a otras personas con túnicas, mantillas o peinetas, «lo que se antoja una imitación de un paso de Semana Santa, cuya imagen es una vagina de grandes dimensiones».

Desfilaron por céntricas calles y se detuvieron ante la Catedral y el Palacio Episcopal, y ella, en compañía de los otros, emitía proclamas como «Vamos a quemar, vamos a quemar la Conferencia Episcopal», «Viva el Santo Chumino» o «Ni en el nombre del Padre, ni del Hijo, sino en el de Nuestro Santísimo Coño»

A viva voz leyó textos como en el que señalaba: «Creo en mi coño todopoderoso, creador del cielo y de la tierra, creo en mi orgasmo, mi única norma, nuestro placer, que fue concebido por obra y gracia de mis pulsiones sexuales, nació de mi decisión libre, padeció bajo el terrorismo machista, fue condenado, quemado e insensibilizado, descendió a los infiernos…».

La condenada se declaró inocente en el juicio y afirmó que no pensó que pudiera ofender a los católicos, mientras la acusación particular reclamó un año de prisión y multa de 24 meses por provocación a la discriminación, al odio y a la violencia y por un delito contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos.

 




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