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Condenados unos padres en Vélez-Málaga por abusar sexualmente y maltratar durante años a su hija menor

El padre deberá cumplir cuatro años y un día de prisión por abusos sexuales continuados, mientras que la madre ha sido condenada a tres años y seis meses de cárcel por maltrato habitual y otros dos delitos de violencia en el ámbito familiar.

por redaccion
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Una menor de Vélez-Málaga sufrió durante años abusos sexuales por parte de su padre y continuos episodios de violencia física y psicológica ejercidos por su madre, según recoge una sentencia de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga, que ha condenado a ambos progenitores a distintas penas de prisión.

La información ha sido publicada por los compañeros de Diario SUR, que han tenido acceso a la resolución judicial. La noticia completa puede consultarse en el siguiente enlace:

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Según la sentencia, el padre ha sido condenado a cuatro años y un día de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años. Por su parte, la madre deberá cumplir tres años y seis meses de cárcel por un delito de maltrato habitual y otros dos delitos de maltrato en el ámbito familiar.

La resolución judicial sitúa el inicio de los hechos en noviembre de 2020, cuando la menor tenía 13 años. La adolescente acudía habitualmente por las noches al dormitorio de sus padres debido al miedo que sentía a la oscuridad. Aprovechando los turnos nocturnos de trabajo de la madre, el padre comenzó, presuntamente, a realizarle tocamientos íntimos mientras dormía, bajo el pretexto de darle un masaje.

Cuando la menor recriminó a su padre lo sucedido, este alegó que estaba dormido y que no era consciente de sus actos. Sin embargo, según la sentencia, los abusos volvieron a repetirse meses después, lo que llevó a la adolescente a abandonar la habitación.

La madre tuvo conocimiento de estos hechos después de que su hija la llamara llorando desde el teléfono móvil del padre para contarle lo ocurrido, lo que provocó diversas discusiones entre ambos progenitores e incluso que madre e hija abandonaran temporalmente el domicilio para alojarse en un hotel.

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Agresiones físicas y humillaciones continuadas

La Audiencia también considera probado que la madre ejercía de forma habitual violencia física y psicológica contra la menor. Según la resolución, utilizaba cinturones, el cable del cargador del teléfono, un rodillo de cocina o el palo de una escoba para golpearla.

A estas agresiones se sumaban insultos y descalificaciones constantes dirigidas a menoscabar la autoestima de la adolescente, con expresiones como «eres tonta», «inútil» o «no vales para nada».

En diciembre de 2022, tras una discusión por las notas escolares, la acusada llegó a abofetear y arañar a su hija mientras le decía que, por ser su madre, podía pegarle y hacerle «lo que quisiera».

El último episodio de violencia tuvo lugar en marzo de 2023. Tras revisar el contenido del teléfono móvil de la menor, la mujer inició una discusión con insultos de carácter homófobo antes de propinarle una nueva paliza que le provocó lesiones sangrantes en el labio.

La denuncia partió del instituto

El calvario terminó cuando la menor rompió a llorar ante la orientadora de su instituto y relató la situación que estaba viviendo. La intervención del centro educativo permitió activar los protocolos de protección de menores y, pocos días después, la Junta de Andalucía declaró su situación de desamparo y retiró la custodia a ambos padres.

Durante el juicio, las defensas intentaron cuestionar el testimonio de la víctima alegando una supuesta rebeldía adolescente. Sin embargo, la Sala rechazó este argumento y destacó la firmeza, coherencia y credibilidad de su declaración, respaldada por informes forenses, partes médicos, el expediente de desamparo y los testimonios de los profesionales que intervinieron en el caso.

Además de las penas de prisión, la Audiencia ha impuesto órdenes de alejamiento que prohíben a ambos progenitores acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio. La medida se prolongará durante seis años para el padre y cuatro años para la madre.

Asimismo, el padre ha sido inhabilitado durante diez años para ejercer cualquier profesión relacionada con menores. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros por daños morales, mientras que la madre tendrá que abonarle 10.150 euros por las lesiones y el daño psicológico causado.

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