La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a ocho años de prisión al dueño de un bar de Rincón de la Victoria, de 61 años, por violar a una joven aprovechando que se encontraba inconsciente tras consumir varias copas en el establecimiento que él mismo regentaba, según informan los compañeros de Diario Sur.
Según la sentencia, el tribunal considera acreditado que el acusado se aprovechó de que la víctima tenía anulada su capacidad para prestar consentimiento debido a la ingesta de alcohol y otras sustancias, circunstancia que utilizó para cometer la agresión sexual.
Los hechos se remontan a la madrugada del 27 de enero de 2024. La joven había acudido al pub junto a un amigo sobre las 22.00 horas de la noche anterior. Después de consumir varias bebidas alcohólicas, comenzó a encontrarse mal y llegó a vomitar en el cuarto de baño del establecimiento.
Según indica la resolución judicial, el acusado indicó al acompañante de la víctima que él se haría cargo de ella, por lo que este abandonó el local al confiar en que quedaría atendida. Posteriormente, el propietario cerró el bar y dejó a la joven tumbada sobre unos cojines en el suelo. En ese momento, aprovechando que se encontraba sola y sin posibilidad de reaccionar, la violó.
Cuando la víctima comenzó a recuperarse, pidió marcharse del establecimiento. Al día siguiente acudió al Hospital Materno de Málaga, donde los facultativos activaron el protocolo de agresión sexual al apreciar lesiones compatibles con este delito. La investigación culminó con la detención del acusado, que permanece en prisión provisional desde el 30 de enero de 2024.
Durante el juicio, el propio procesado reconoció haber realizado actos de contenido sexual aprovechándose de que la joven estaba prácticamente inconsciente y sin capacidad para consentir ni oponerse. También admitió que la víctima permanecía inmóvil porque estaba «como desmayada» e intentó justificar su comportamiento alegando que había consumido alcohol durante la jornada laboral.
La sentencia también recoge las consecuencias sufridas por la víctima, que necesitó tratamiento psicológico y tardó 150 días en alcanzar la estabilización de sus lesiones. Como secuelas, presenta un trastorno de estrés postraumático y dolores persistentes derivados de la agresión.
La Sala ha rechazado aplicar las atenuantes de confesión y embriaguez al considerar que el reconocimiento de los hechos se produjo durante el juicio y que no quedó acreditado que el acusado hubiera perdido la conciencia de sus actos.
Además de la pena de prisión, el condenado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar donde se encuentre durante 10 años, ni podrá comunicarse con ella por ningún medio.
Asimismo, deberá indemnizar a la perjudicada con 10.040 euros por las lesiones y secuelas físicas, además de 20.000 euros por los daños morales ocasionados, y asumir la mitad de las costas procesales.





