El BOP publica la ordenanza de ayudas de emergencia que incluye pagos de recibos de luz y agua

También se ha publicado el reglamento para el acceso a viviendas municipales para situaciones de extrema urgencia

El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP) ha publicado hoy la modificación del reglamento de ayudas de emergencia social de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, que incluye el cheque social que permitirá incluir el pago de los recibos de luz y agua

La concejala de Bienestar Social del Consistorio veleño, Zoila Martín, informó que se incorporan estos nuevos conceptos dentro las ayudas de emergencia social, para las cuales se destinan un total de 330.000 euros para el presente ejercicio. La edil resaltó que también se ha publicado el reglamento de acceso y uso temporal de viviendas para situaciones de urgencia y emergencia social.



Martín indicó que “se tratan de dos medidas que demuestran el compromiso de este Gobierno con las personas y con las políticas sociales, ofreciendo una amplia cobertura a los vecinos y vecinas con mayores dificultades a la hora de afrontar diversos pagos, a través de acciones encaminadas a la igualdad y a una recuperación económica más justa”.

La edil responsable del área recordó que el Ayuntamiento aprobó por pleno la modificación del documento que establece las ayudas de emergencia social, que incluyen los suministros mínimos vitales; ya que hasta el momento se contemplaba la cobertura de necesidades alimentarias, gastos farmacéuticos y de alquiler o pago de hipoteca de viviendas.

“Nos encontrábamos con usuarios que no podían hacer frente al pago de estos recibos, y que al no contar con este reglamento específico teníamos que trasladar su atención a otras entidades. Esta modificación nos permitirá que podamos darles una respuesta directa desde Servicios Sociales Comunitarios”, explicó Martín.

Los beneficiarios de estas prestaciones serán personas y unidades familiares que debido a situaciones coyunturales y con escasos o nulos ingresos económicos no puedan, de forma inmediata, atender su problemática y no tengan a su alcance otro recurso que pueda resolver la situación en la que se encuentran; debiendo ser demandantes o que hayan demandado la intervención oportuna en Servicios Sociales Comunitarios.

La edil recordó que el presupuesto en ayudas sociales se incrementó en un 13%, con una subida en el apartado de las de emergencia social de 275.000 euros en 2015 a 330.000 euros para el presente ejercicio, así como de 294.000 a 325.000 euros en ayudas familiares. “Este equipo de Gobierno ha incrementado las partidas en políticas sociales en un 30,5% con respecto al año anterior”, comentó Martín.

Viviendas

El reglamento de acceso y uso temporal de viviendas para situaciones de urgencia y emergencia social regulará la utilización de estos inmuebles, que son de titularidad municipal, destinados a ofrecer un alojamiento alternativo de unidades familiares en situación de emergencia que se encuentren sin medios económicos, sin hogar y sin redes de apoyo.

La concejala de Bienestar Social comentó que esta medida “nos permitirá atender a aquellas personas que se encuentren en situación de riesgo por exclusión social o que por determinados acontecimientos puntuales no dispongan de un lugar donde poder residir, y que durante un tiempo podamos cubrir esa necesidad”.

Los beneficiarios deberán ser mayores de edad y estar empadronados en el municipio, así como encontrarse en situación de necesidad de cobijo inmediato por no disponer de medios personales o familiares para acceder a una vivienda, encontrarse de forma voluntaria en un plan de inserción social definido por los servicios sociales y personas en situación de emergencia social o personas inmigrantes, que están en exclusión social o riesgo de estarlo con carencia de recursos económicos o materiales que permitan hacer frente al alojamiento.

También contempla el reglamento los casos de desahucios dictados por sentencia judicial por falta de pago, la declaración municipal de ruina inminente de la edificación que sirva de residencia a la persona así como catástrofes, incendios, inundaciones y fenómenos que inhabiliten el edificio u otras situaciones de emergencia.



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