El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria presenta el primer Reglamento Orgánico que regula el funcionamiento del Consistorio y sus Órganos

La asistencia telemática a las sesiones del Pleno, que permite votar remotamente por medios electrónicos y la regulación de los tiempos de intervención, son los aspectos más innovadores del Reglamento

La sesión plenaria del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, que se celebró el pasado 29 de noviembre, ha aprobado inicialmente, a esperas de que puedan presentarse las alegaciones que se estimen oportunas, el Reglamento Orgánico (9553/2017). Mediante este procedimiento se pretende regular, por primera vez, el funcionamiento básico del Consistorio, la organización general de sus Órganos necesarios y complementarios y mejorar las actividades de la Corporación sobre las nuevas tendencias de Administración Electrónica, que cumple con las obligaciones de transparencia.



El alcalde de Rincón de la Victoria, Francisco Salado (PP), ha destacado que “se trata de un reglamento municipal de organización y funcionamiento que viene a poner orden por ejemplo al funcionamiento del Pleno, Comisiones Informativas, y a tener claro los derechos y obligaciones de los concejales y los distintos grupos políticos”.

Uno de los aspectos más innovadores de este Reglamento Orgánico se concreta en la regulación de la posibilidad de asistencia telemática a las sesiones del Pleno y votar remotamente por medios electrónicos. Los concejales podrán acogerse a esta posibilidad en los casos de permiso por maternidad o paternidad, o de baja por cirugía mayor de media o alta complejidad.

El Artículo 92, de la Sección 4ª del Título Tercero del Reglamento, que contempla el funcionamiento de los órganos colegiados, establece que el concejal interesado en utilizar el nuevo servicio, tendrá que presentar una solicitud, dirigida a la Alcaldía, en la Secretaría General con una antelación de, al menos, un día hábil a la fecha prevista para la celebración de la sesión.

Por otro lado, el nuevo Reglamento también pretende establecer tiempos de intervención en los debates. De este modo, se propone que la duración de cada una de las participaciones en el primer turno no exceda de cinco minutos. Las intervenciones del segundo turno se fijarán en el límite de tres minutos máximos.

El alcalde, si lo considerase necesario, podría ampliar la duración de las mismas a más tiempo del previsto cuando se trate de asuntos de mayor importancia y trascendencia.

El Reglamento Orgánico será sometido a información pública y audiencia de los interesados por un plazo de treinta días, mediante un anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, así como en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria y en la página Web del mismo, a objeto de que puedan presentarse las alegaciones que se estimen oportunas



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