Acepta 26 años de cárcel un pediatra juzgado por abusar sexualmente de menores

Establecía confianza con las madres y conseguía su consentimiento para llevarse a los hijos a su domicilio, donde abusaba de ellos

El pediatra de origen colombiano que abusó sexualmente de seis niños menores en la provincia de Almería, para el que la Fiscalía solicitaba inicialmente 37 años de prisión, ha aceptado penas que suman 26 años y medio de cárcel tras reconocer los hechos. El procesado, Carlos Alexander R.L., ha mostrado su conformidad con esta pena, ha pedido disculpas a las familias afectadas y a la suya y ha dicho ante los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial que se trataba de una situación “engorrosa”.



Finalmente, el fiscal Jesús Gázquez ha pedido penas de cuatro años por cada uno de los cuatro primeros delitos continuados de abusos sexuales, dos años de cárcel por otro y ocho años y medio de prisión por el último.

La calificación del fiscal señala que el procesado ejerció como pediatra para el Servicio Andaluz de Salud (SAS) a partir del 10 de marzo de 2008 hasta 2013 en varios centros de salud, entre otros los de los municipios almerienses de Huércal-Overa, Pulpí y Vera. Además de la prisión se dictarán órdenes de alejamiento y la imposición de medidas de libertad vigilada, y el pago de indemnizaciones de 15.000 euros a uno de los menores y 10.000 euros a otros cinco por los daños morales causados.

Les realizaba tocamientos, los besaba, dormía con ellos en “la misma cama”…

Asegura que establecía confianza con las madres de los niños que acudían a su consulta, en la mayoría de los casos de nacionalidad colombiana como él, y conseguía su consentimiento para llevarse a sus hijos a pasar “una tarde, un rato, un día o un fin de semana” a su domicilio, ubicado en la localidad de Roquetas de Mar, “haciéndose cargo de ellos de manera exclusiva”.

Una vez en la casa, junto al que decía ser su hijo, también menor de edad, perpetraba supuestamente los abusos. Lo hacía tanto en el interior del domicilio como en la piscina comunitaria “guiado por el ánimo lúbrico”. El Ministerio Público detalla “besos en la boca en múltiples ocasiones, tocamientos en los genitales”, así como que dormía con ellos en “la misma cama” o que “aprovechaba la excusa de ducharse y secarlos” para la práctica “de sexo oral”.

Entre las víctimas, de entre cuatro y 13 años, figura un menor que en el momento de los hechos se encontraba ingresado en un centro de acogida y con quien el procesado se prestó a realizar funciones de “familia colaboradora” y un segundo niño que sufrió los abusos hasta los 17 años “porque le había hecho creer que eso era lo normal en su país”. “El menor consistió a pesar del rechazo que sentía para poder seguir disfrutando de beneficios que su economía no le permitía”, remarca el Ministerio Fiscal.

Carlos Alexander R.L. fue extraditado el 8 de julio de 2016 a España desde su país natal, donde estuvo estado cumpliendo condena por hechos similares. Tres meses antes había sido puesto en libertad condicional tras estar en arresto domiciliario, controlado por un dispositivo electrónico.

Se fugó en dos ocasiones

El juicio contra él en Colombia, por el que fue condenado a 38 meses de prisión, se celebró en ausencia del reo, quien protagonizó dos huidas: una hacia España, donde cometió presuntamente los delitos de los que ahora debe dar cuenta; y la segunda, de vuelta su país natal. Allí fue detenido en marzo de 2014 tras la labor conjunta de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía colombiana, en colaboración con la Guardia Civil en España.

La Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia ordenó su extradición en julio de 2014 al estimar la petición tramitada por el Gobierno de España a raíz de que el Juzgado de Instrucción 2 de Roquetas de Mar abriese causa contra él. No obstante, se dispuso que no fuese extraditado para ser puesto a disposición de este juzgado instructor hasta que cumpliese la pena de 38 meses y 25 días de prisión a la que fue condenado en 2012 tras la denuncia del padre de una de sus víctimas.

Finalmente, no la cumplió de forma íntegra y se benefició de remisión de pena. Ya entonces, los magistrados colombianos señalaron que fue la profesión que ejercía “lo que motivó su acceso al ambiente escolar” y “lo que le facilitó la confianza” de la víctima para que pudiera desarrollar su “perversa conducta”. La Corte no le inhabilitó profesionalmente y estuvo investigado en relación a hechos similares en Barcelona, donde también ejerció como pediatra antes de llegar a Almería. Accedió al SAS por una bolsa de empleo.

El procesado intentó forjar con los menores “una estrecha relación” o los trataba “como a una novia”

Para estimar la extradición y dictar resolución en positivo, la Corte Suprema colombiana tuvo en cuenta la denuncia de las madres de los menores, que principalmente eran madres solteras o divorciadas con problemas económicos y de origen sudamericano. En esta línea, hacía alusión a la primera denuncia, de julio de 2013, en la que la progenitora de un niño de ocho años daba cuenta de presuntos abusos sexuales mientras el menor estaba a cargo del pediatra en su casa.

Posteriormente, otra madre denunció también que sus dos hijos, de 11 y 7 años, habían sido presuntas víctimas de los abusos sexuales del médico, de forma que trató incluso de forjar una “estrecha relación” con el más pequeño de ellos, de quien trató de ser su padrino y del que tenía una foto en su cuenta de la aplicación Whatsapp. Según el relato de la progenitora, su comportamiento “se volvió obsesivo”.

El fallo favorable a la extradición, recogía, asimismo, el testimonio de los pequeños ante psicólogos adscritos a los equipos de mujer-menor (Emume) de la Guardia Civil en la que ellos relatan presuntos comportamientos de Carlos Alexander R.L. Igualmente, apuntaba al testimonio de una de las madres que vivió temporalmente en la casa del pediatra para trabajar como empleada interina y que relató que el hombre trataba a uno de los menores “como a una novia”, si bien a la casa “iban muchos niños”. Estas declaraciones fueron apoyadas además por dos testigos ajenos a los menores y las familias y que señalaron la presencia de menores y comportamientos de carácter sexual entre el acusado y los niños.

 

 




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